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Bloqueo Vehicular CTE | Comisión de Tránsito del Ecuador – CTE

Para consultar un Bloqueo Vehicular en la CTE, debe seguir los siguientes pasos:

  • Ingrese la Placa del vehículo
  • Luego de clic en el botón consultar
  • Finalmente se mostrará si el vehículo tiene bloqueos

Para poder realizar la consulta debe dar clic en "Abrir Bloqueo Vehicular CTE" para acceder a la página de consultas en línea de Comisión de Tránsito del Ecuador – CTE

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¿Qué es el Bloqueo de la CTE?

El Bloqueo de la CTE ó Bloqueo Vehicular es proceso mediante el cual se establece una restricción a los registros de un vehículo, con el fin de que se impida realizar uno o más procesos de matriculación vehicular. El bloqueo será válido solamente cuando sea ingresado en la Base Única Nacional de Datos de la ANT y cuente con el documento de soporte correspondiente.

Caso 1: Bloqueo por transferencia de dominio de un vehículo que no ha sido concluida, habiéndose realizado un acto de compra-venta.

En los casos en los que los nuevos propietarios de un vehículo no han cumplido con el registro de la transferencia de dominio ante los organismos pertinentes, se determinan las siguientes opciones:

  • a) En los casos que se ha suscrito un contrato de compra venta y este ha sido debidamente notariado, quien conste como propietario del vehículo en la Base Única Nacional de Datos dela Agencia Nacional de Tránsito, podrá realizar una solicitud de bloqueo siguiendo los pasos que se detallan a continuación:

    • Se debe adjuntar copia del contrato con el respectivo reconocimiento de firmas ante notario público.
    • La información deberá ser analizada.
    • De proceder se registrará el bloqueo de la unidad en la Base Única Nacional de Datos de la Agencia Nacional de Tránsito, tomando en cuenta la fecha de venta registrada en el contrato.
    • Éste acto deberá ser notificado por parte de la Dirección de Secretaría General de la Agencia Nacional de Tránsito, un término de 5 días al SRI.
  • b) En los casos que se ha suscrito un contrato de compra venta pero este no ha sido debidamente notariado o no se haya generado ningún tipo de documentopara el efecto, hasta antes de la entrada en vigencia la presente Resolución, quien conste o no propietario del vehículo en la Base Única Nacional de Datos de la Agencia Nacional de Tránsito, podrá realizar una solicitud de bloqueo siguiendo los pasos que se detallan a continuación:
    • Se debe adjuntar una Declaración Juramentada conforme consta en el anexo 1 de la presente Resolución, en la cual indique expresamente la fecha en la que se realizó la venta del automotor.
    • La Agencia Nacional de Tránsito deberá analizar la información.
    • De proceder, se registrará el bloqueo de la unidad en la Base Única Nacional de Datos de la Agencia Nacional de Tránsito, tomando en cuenta la fecha de venta.

Éste acto deberá ser notificado por parte de la Dirección de Secretaría General de la Agencia Nacional de Tránsito, en un término de 5 días al SRI. En los dos casos descritos anteriormente el usuario podrá requerir dentro de la solicitud de bloqueo, la transferencia de los valores pendientes por pago de tasas de matriculación vehicular que están bajo reglamentación de la Agencia Nacional de Tránsito, hacia la placa del vehículo. Para los literales a y b del presente artículo, el desbloqueo de la unidad vehicular se podrá realizar una vez que la transferencia de dominio de la unidad sea registrada en el SRI o en la Agencia Nacional de Tránsito y se haya realizado el pago de todos los valores pendientes, por la persona que solicite registrar el automotor a su nombre. Cuando el desbloqueo se realice en el Servicio de Rentas Internas, este deberá notificar a la Agencia Nacional de Tránsito en un término de 5 días; y si, el usuario realizó el desbloqueo de la unidad en la Agencia Nacional de Tránsito cancelando todos los valores pendientes, la Dirección de Secretaría General notificará al Servicio de Rentas Internas en un término de 5 días del hecho

Descargar Modelo de Declaración Juramentada

Caso 2: Vehículos robados o hurtados.

En los casos de robo o hurto de vehículos reportados por la Policía Judicial o a través de Orden Judicial.

El dueño del vehículo podrá solicitar la transferencia de los valores pendientes por pago de tasas de matriculación vehicular que están bajo reglamentación de la Agencia Nacional de Tránsito, hacia la placa del vehículo; acción que correrá a partir de la fecha de sustracción constante en la denuncia.

Como requisito para la solicitud de bloqueo, el dueño del vehículo deberá presentar el Bloqueo activo por robo reportado por la Policía Judicial o la Orden Judicial emitida por la Autoridad Competente.

Para este caso es indispensable que el dueño del vehículo este al día en los pagos pendientes respecto a la tasa de matriculación vehicular, hasta la fecha de interposición de la denuncia.

Modelo de Formulario de solicitud de bloqueo por Inactividad - Transferencia de Dominio